jueves, abril 18, 2024
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Almonte y su compromiso con publicar resultados de auditorias de Punta Catalina

No hay que ser Phd ni técnico de la NASA para saber que, a través de la figura jurídica del Fideicomitente Adherente, Antonio Almonte ha autorizado y delegado en el Comité Técnico la facultad absoluta y total de permitir la inversión del sector privado en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, lo que equivale a una venta total o parcial, de dichos activos.

Por BERNARDO CASTELLANOS

¿Ha cumplido Antonio Almonte sus compromisos de campaña con esta sociedad?

Antonio Almonte y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en oposición y en su programa de gobierno, ¿hablaron de destruir la Corporación Dominicana de Empresas eléctricas Estatales (CDEEE), como ocurre en la realidad? No. De lo que hablaron y se comprometieron en su programa de gobierno fue de reestructurarla, lo cual es muy diferente a destruirla y desaparecerla.

Antonio Almonte y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en oposición y en su programa de gobierno, ¿hablaron de entregar el control absoluto de la Central Termoeléctrica Punta Catalina a un fideicomiso cuyo control total y absoluto del mismo estaría a cargo de un Comité Técnico creado por decreto, compuesto única y exclusivamente por personas del sector privado, no dependientes ni vinculados a ninguna institución estatal? Nunca.

Antonio Almonte y el Partido Revolucionario Moderno (PRM). en oposición y en su programa de gobierno, ¿hablaron de la posibilidad de dar participación al sector privado en forma de inversionista en la Central Termoeléctrica Punta Catalina? Nunca. Siempre públicamente, tanto Antonio Almonte como el PRM y el entonces candidato presidencial, expresaron su radical oposición a la venta y/o participación del sector privado como inversionista en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, lo cual coincide con las recomendaciones de la Comisión Presidencial creada en el 2017, la cual planteó en sus recomendaciones, específicamente en el punto 76, que “La Comisión considera que la CTPC debe inicialmente quedarse bajo control estatal. Y a la vez reservarse la administración del proyecto a personas y/o entidades que no tengan conflicto de interés en el negocio eléctrico dominicano”.

¿Ha cumplido Antonio Almonte, el PRM y el Gobierno con sus promesas de campaña y ha acogido la recomendación 76 del informe de la Comisión Presidencial del 2017? Obviamente que no, pues en el contrato de fideicomiso firmado por Antonio Almonte, donde se cede el control absoluto y total de la Central Termoeléctrica Punta Catalina a la Comisión Técnica del fideicomiso, comisión creada por decreto, se introduce la figura del Fideicomitente Adherente, la cual se define en dicho contrato, en la cláusula 2.17, de la siguiente manera: “Significa (n) aquella (s) persona (s) física (s) o jurídica (s) que no ha (n) intervenido originalmente como fideicomitente (s) en la suscripción del Contrato de Fideicomiso, sino que se adhiere (n) posteriormente, durante la vigencia del Contrato, mediante acto autentico O BAJO FIRMA PRIVADA COMPLEMENTARIO, en el que se hace constar el aporte de bienes o derechos al Patrimonio Fideicomitido, con el consentimiento del fideicomitente original y con la aprobación del Comité Técnico”. En la cláusula 5.8 se establece que, “Con la aprobación del Comité Técnico en representación del FIDEICOMITENTE, podrían incorporarse personas físicas o morales que realicen inversiones en el FIDEICOMISO, los cuales se denominaran Fideicomitentes Adherentes y quienes a tales fines deberán firmar un documento preparado por LA FIDUCIARIA mediante el cual se adhieren a todos los aspectos al presente Contrato. En dicho documento se hará constar el aporte de bienes o derechos al Patrimonio Fideicomitido”.

En la cláusula novena se definen las obligaciones del Fideicomitente y Fideicomitente Adherente, con lo cual el Fideicomitente Adherente adquiere las mismas obligaciones y beneficios que el Fideicomitente Original que es el Estado Dominicano a través de la CDEEE. En el punto 21 de la cláusula undécima, contenida en el contrato de fideicomiso firmado por Antonio Almonte, se establece que una de las funciones del Comité Técnico es la de “Aprobar, en representación del FIDEICOMITENTE, la incorporación de personas físicas o morales que realicen inversiones en el FIDEICOMISO, en calidad de Fideicomitentes Adherentes”.

Es bueno precisar y puntualizar que en el Fideicomiso Público RD Vial, cuyo Comité Técnico está formado institucionalmente por  el ministro de Hacienda, quien actuará como presidente, ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, quien actuará como vicepresidente, y el ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, quien actuará como secretario técnico, a diferencia del Comité Técnico del fideicomiso de Punta Catalina, el cual está formado por personas especificas del sector privado, sin ninguna vinculación institucional con ninguna dependencia u organismo estatal, en el contrato de fideicomiso RD Vial, no está establecida la figura jurídica del Fideicomitente Adherente, en consecuencia, el sector privado NO PUEDE BAJO NINGÚN CONCEPTO hacer inversiones en dicho fideicomiso público, como si lo puede hacer en el fideicomiso de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.

¿Cuando una persona invierte en una empresa, no se convierte en accionista de la misma? Obviamente que si, en consecuencia, en el contrato de fideicomiso firmado por Antonio Almonte, a través de la introducción de la figura jurídica del Fideicomitente Adherente, el Comité Técnico, constituido con el control absoluto y total del fideicomiso, puede decidir de manera unilateral, actuando en representación del Fideicomitente Original, el Estado Dominicano, la incorporación de cualquier cantidad de Fideicomitentes Adherentes, ya que el contrato de fideicomiso firmado por Antonio Almonte no establece un tope máximo a las inversiones que el (los) Fideicomitente (s) Adherentes puedan realizar en el fideicomiso de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.

En consecuencia, por decisión unilateral del Comité Técnico, se puede probar que el (los) Fideicomitentes Adherente (s) autorizados a invertir, puedan tener un nivel de inversión que supere el valor declarado a la propiedad del fideicomiso, la cual se estableció de manera unilateral por Antonio Almonte en unos dos mil trescientos cuarenta (2,340) millones de dólares, cifra que es inferior en alrededor de unos quinientos millones de dólares a la cifra que públicamente Antonio Almonte, en su condición de ministro de Energía y Minas, había anunciado al país cuando afirmó, de manera categórica y contundente, que al Contratista el “Gobierno pasado pagó más US$800 millones extra por Punta Catalina (https://acento.com.do/actualidad/gobierno-pasado-pago-mas-us800-millones-extra-por-punta-catalina-8862420.html)”, lo cual, de manera inequívoca, sitúa solo el pago al Contratista en una cifra que, según Antonio Almonte, supera los dos mil ochocientos (2,800) millones de dólares.

Hay que recordar y precisar que, en la oposición, Antonio Almonte se cansó de pregonar, afirmar y pontificar que la inversión total del Estado Dominicano superaba los tres mil trescientos (3,300) millones de dólares, con lo cual el valor de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, establecido por Antonio Almonte de manera unilateral, en el contrato de fideicomiso firmado por el propio Almonte, es inferior en por lo menos mil (1,000) millones de dólares a la cifra que él se jactaba de afirmar públicamente que había costado dicha central.

¿La figura jurídica del Fideicomitente Adherente, introducida por Antonio Almonte en el contrato de fideicomiso que el propio Antonio Almonte firma, a nombre del Estado Dominicano, no es una venta parcial o total del patrimonio del Estado en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, que puede ser realizada sin autorización previa de ninguna institución estatal, por el Comité Técnico, venta que está protegida y garantizada por el secreto fiduciario, el cual está establecido en la cláusula décima sexta del contrato de fideicomiso firmado por Antonio Almonte? No hay que ser Phd, ni técnico de la NASA, para saber que a través de la figura jurídica del Fideicomitente Adherente, Antonio Almonte ha autorizado y delegado en el Comité Técnico la facultad absoluta y total de permitir la inversión del sector privado en la Central Termoeléctrica Punta Catalina, lo que equivale a una venta total o parcial, de dichos activos.

Antonio Almonte exigió en oposición la cancelación inmediata de 38 contratos que la CDEEE había firmado con generadores privados y que calificaba de ilegales y violatorios a la Ley General de Electricidad. ¿Cumplió su promesa? No, la violó y traspasó de manera ilegal esos contratos a las distribuidoras, violando dos veces la ley General de Electricidad en su artículo 110, el cual establece que las distribuidoras solo pueden tener contratos de compra de emergía y potencia (PPA) firmados con generadores privados, que sean el fruto de licitaciones públicas supervisadas por la Superintendencia de Electricidad (SIE). Todos los contratos traspasados a las distribuidoras por Antonio Almonte no fueron fruto de licitaciones públicas supervisadas por la SIE sino que fueron grado a grado. También viola por segunda vez el artículo 110 de la LGE, pues el mismo establece, de manera explícita y taxativa, que las distribuidoras no pueden tener bajo contrato más del ochenta por ciento (80%) de sus respectivas demandas, y con el traspaso ilegal de esos 38 contratos, se viola esa disposición de la Ley

Antonio Almonte se comprometió públicamente a cumplir y hacer cumplir la Ley General de Electricidad. ¿Cumplió con su promesa? No, la violó nuevamente, pues es el primer violador de la referida Ley.

Antonio Almonte en oposición exigió que mientras los gastos operativos o corrientes de las distribuidoras no fueran el diez por ciento (10%) de los ingresos, en este país no se podía hablar de subir la tarifa eléctrica. ¿Cumplió su palabra? No, una vez más la violó y ha aupado y propicia un aumento brutal de la tarifa eléctrica a los que menos pueden y menos tienen. En el trimestre enero-marzo 2022 representa un aumento acumulado con relación a septiembre del 2021 de un 25% para el segmento de clientes cuyo consumo mensual es igual o menor a 200 kilovatios hora al mes, los cuales representan alrededor del setenta y tres por ciento (73%) de los clientes de las distribuidoras en el 2020, alrededor de dos (2) millones de clientes, entre seis (6) y siete (7) millones de personas afectadas por el aumento brutal de la tarifa eléctrica.

Hace un año que Antonio Almonte se comprometió con la sociedad a entregar un informe pormenorizado de la avería sufrida por la unidad 2 de Punta Catalina, ocurrida a mediados de enero 2021. Ese compromiso lo asumió ante la sociedad, ante las denuncias de Jaime Aristy Escuder de que la avería había sido ocasionada por una mala operación de la central. Se comprometió a entregar el informe pormenorizado de dicha avería, a más tardar a finales de enero del 2021. ¿Cumplió su promesa? Nuevamente la violó y a un ano de dicha promesa ya no habla ni se refiere al compromiso de entregar dicho informe.

A mediados del 2021, ante la negligencia de comprar carbón a tiempo para Punta Catalina, el presidente de la República tuvo que intervenir de manera directa ante su homólogo de Colombia para poder comprar carbón y que la central no dejara de operar. La compra de ese carbón no fue el fruto de licitaciones públicas, sino que fue de manera directa grado a grado. ¿Ha informado Antonio Almonte a la sociedad el valor de compra de dicho carbón? No. ¿Es ese silencio una actitud y muestra de transparencia? Obviamente que no.

Posteriormente, según informaciones ofrecidas por el propio Antonio Almonte se han realizado nuevas compras de carbón. Cuando se revisa la página de compras y contrataciones, los procesos de licitaciones de compra de carbón para Punta Catalina o fueron declarados desiertos o cancelados.

¿Esas nuevas compras fueron realizadas mediante licitaciones públicas? No se sabe

¿Ha informado Antonio Almonte a la sociedad la cantidad de carbón comprado, los precios y condiciones de dicha compra? No. ¿Se puede llamar esta actitud un ejercicio de compromiso con la transparencia? Obviamente que no.

¿Ha publicado Antonio Almonte la lista de las empresas clasificadas para presentar ofertas en la licitación de Manzanillo? No. ¿Esta negativa de publicar dicha lista se puede considerar un ejercicio de transparencia? Obviamente que no.

¿Cumplirá en esta ocasión Antonio Almonte con su promesa y palabra empeñada ante la sociedad por enésima vez? Esperemos que sí, además, en adición, esperemos, esperamos y aspiramos a que no se cumpla el refrán de que «perro huevero aunque le quemen el hocico sigue siendo huevero».